A pedido de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo de la Honorable Cámara de Diputados, el Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia emitió la Opinión del Directorio D/09/2021 sobre el proyecto de ley "Que modifica la Ley N° 1119/97 De productos para la salud y otros", que agrega un artículo 49 estableciendo con rango legal la exigencia de una distancia mínima entre farmacias.
La opinión observa que los fundamentos expresados en la exposición de motivos no se reflejan en el texto del proyecto de ley y que, además, no se acredita que los fundamentos expresados en dicha exposición de motivos estén plenamente justificados.
Se observa además que la distancia mínima entre farmacias está actualmente establecida por una resolución del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, basada en la necesidad de facilitar el acceso a medicamentos a la población a través de la distribución geográfica de las farmacias, aunque existen alternativas que alrededor del mundo han logrado la meta del acceso cercano a farmacias sin recurrir a regulaciones puramente basadas en distancias mínimas.
La opinión concluye recomendando a la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo dictaminar por el rechazo del proyecto de ley; y al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, a realizar un estudio sobre los efectos de la implementación de la medida, abrogándola en caso de no estar debidamente justificada sobre la base de los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación. La Comisión Nacional de la Competencia podrá colaborar en este estudio en base a sus funciones en cuanto a estudios económicos.
El 23 de junio de 2022, la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) organizó un webinario cerrado sobre buenas prácticas en libre competencia, dirigido a gremios y asociaciones empresariales.
El deber de colaboración está establecido en el artículo 61 de la Ley de Defensa de la Competencia.
En la reunión, se conversó sobre las buenas prácticas en materia de competencia y se informó sobre las disposiciones de la normativa en materia de defensa de la competencia.
La opinión fue emitida de oficio y sigue a dos opiniones previas que incluyen recomendaciones para armonizar la normativa propuesta con el principio de libre competencia y las normativas sobre conductas anticompetitivas.
En cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales, el Plan Nacional de Desarrollo 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, se aprobó la Política de Manejo de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en la institución, estableciendo su propio Manual para la implementación.
El equipo de preselección estará conformado por los funcionarios Fabrizio Boggino, Federico Peña y Jesús Silveira.