POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA RES. Nº 13 DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2017 Y SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DEL PAGO DE TASAS EN CONCEPTO DE NOTIFICACION DE OPERACIONES DE CONCENTRACION.
Resolución D/AD N° 61/2019
Asunción, 31 de octubre de 2019
VISTO:
La ley 4956/13 Defensa de la Competencia y el Decreto reglamentario 1490/14 POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY Nº 4956/13 DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
CONSIDERANDO:
Que el art. 27 de la ley 4956/2013 establece: La tasa por análisis y estudio de las operaciones de concentración será del 0,005% al 0.01% del valor de la operación en la República del Paraguay. A mayor volumen de la operación corresponderá una menor tasa. Deberán abonar la tasa las personas que resulten obligadas a notificar y las que soliciten la autorización previa de operación de concentración.
Que el art. 29 inc d) establece: Elaborar resoluciones de las cuales se regulen los procedimientos administrativos contenciosos en la presente ley.
Que, a tal efecto se ha habilitado la cuenta en el Banco Nacional de Fomento para el depósito de las tasas en concepto de Notificación de las operaciones de concentración ante la Comisión Nacional de la Competencia.
Que para dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo más arriba señalado, se hace necesario el establecimiento de un procedimiento para efectivizar las tasas por parte de los Agentes económicos que realicen notificaciones.
POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales,
EL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA
RESUELVE:
1º. Aprobar el procedimiento de pago de tasa para las Notificaciones de Operación de Concentración y las que soliciten la autorización previa de operaciones de concentración, conforme al anexo 1 de la presente resolución.
2°. Dejar sin efecto la Resolución N° 13 de fecha 21 de febrero de 2017 “POR LA CUAL SE DISPONE EL PROCEDIMIENTO DEL PAGO DE TASAS EN CONCEPTO DE NOTIFICACION DE LAS OPERACIONES DE CONCENTRACION”
3º . Comunicar a quien corresponda y cumplido archivar.
ANEXO I
Art. 1. OBJETO. Regular el procedimiento para la liquidación y pago de Tasas en las Notificaciones de Operaciones de Concentración y en las que se soliciten la autorización previa de Operaciones de Concentración.
Art. 2. SUJETOS PASIVOS. Serán sujetos pasivos las personas obligadas a notificar y las que soliciten la Autorización Previa de Operación de Concentración.
Art. 3. LIQUIDACION DE TASA. Los sujetos pasivos deberán realizar, de conformidad con el Formulario de Liquidación de Tasas que será aprobada para el efecto, la liquidación de la tasa correspondiente. Los datos consignados en el formulario tendrán carácter de Declaración Jurada.
Art. 4. FORMA DE PAGO. El pago de la tasa deberá ser efectuado de manera previa a la presentación escrita de la notificación de la operación de concentración o de la solicitud de autorización previa de Operación de Concentración, mediante depósito o transferencia en la cuenta con denominación TESORO PUBLICO - COMISION NACIONAL DE LA COMPETENCIA (CONACOM) Nº 0001000000948115/0 del Banco Nacional de Fomento.
Art. 5. ACREDITACION DEL PAGO. El pago se acreditará al momento de la presentación de la Notificación de Operación de Concentración o de la solicitud de la Autorización Previa de la Operación de Concentración, realizada ante la CONACOM. Para el efecto se deberá presentar el Formulario de Liquidación de Tasa y la Boleta de Depósito Bancario original o la transferencia de fondos interbancarias.
Art. 6. REGULARIZACION DE TASA. La regularización del pago de la tasa, en caso de constatarse diferencia entre el Valor de la Operación y el valor declarado en tal concepto en el formulario de pago de tasa presentado para el pago, se deberá realizar en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha en la que hayan tomado conocimiento.
Art. 7. INCUMPLIMIENTO. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento, se tendrá por no efectuada la notificación.
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POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO DE LIQUIDACIÓN DE TASAS A SER UTILIZADO ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA (CONACOM)
Resolución CG N° 56/2019
Asunción, 31 de octubre de 2019
VISTO:
La Res. D/AD Nº 61 de fecha 31 de octubre de 2019 "Por la cual se deja sin efecto la Res. Nº 13 de fecha 21 de febrero de 2017 y se establece el procedimiento del pago de Tasas en concepto de Notificación de Operaciones de Concentración"
CONSIDERANDO:
Que el art. 54 del Decreto Reglamentario Nº 1490/2014 establece que la Coordinación General de la CONACOM es el órgano Superior encargado del funcionamiento administrativo de la Entidad.
Que, el Art. 55 del Decreto Reglamentario Nº 1490/14 dispone las funciones de la Coordinación General, inc. 1) Dirigir, coordinar, supervisar y controlar las acciones de administración interna de los diferentes órganos de la CONACOM.
Que, la Res. D/AD Nº 27/2018 de la CONACOM dispone que la Coordinación General suscriba las Resoluciones Administrativas en base a las funciones establecidas en el Decreto Nº 1490/2014 "Por la cual se reglamenta la Ley Nº 4956/2013 "Defensa de la Competencia".
La necesidad de aprobar el formulario a ser utilizado para la Liquidación de Tasas en el procedimiento del pago previo establecido.
POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales,
LA COORDINADORA GENERAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA
RESUELVE:
Art.1°.- Aprobar el FORMULARIO/CONACOM/LT N° 1-2019 - ANEXO I, de Liquidación de Tasas, que deberá ser aplicado en el procedimiento de pago de tasas y el Instructivo de Llenado del Formulario ANEXO II, que forman parte de la presente resolución.
Art.2°.- Publicar en la pagina Web de la Institución el Formulario y el Instructivo en formato electrónico.
Art. 3° Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
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