El 27 de septiembre fue lanzado el Anuario de la Competencia del Mercosur en Río de Janeiro, en el marco del Día Nacional de la Competencia de Brasil.
El Anuario de la Competencia del MERCOSUR es un trabajo conjunto de la Comisión Nacional de la Competencia con los homólogos de la región: la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de la República Argentina (CNDC), el Consejo Administrativo de Defensa Económica de la República Federativa del Brasil (CADE) y la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia de la República Oriental del Uruguay (CPDC), con el soporte logístico de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur.
La primera edición del Anuario de la Competencia del Mercosur fue coordinada por la CONACOM.
Se espera que la coordinación de la edición del Anuario de la Competencia del Mercosur sea rotativa entre las cuatro instituciones participantes.
El Presidente del Directorio de la CONACOM, Rolando Díaz, resaltó las excelentes relaciones entre las instituciones participantes, que permitió la cooperación para el lanzamiento del Anuario.
El Anuario de la Competencia del Mercosur fue una iniciativa de la CONACOM. Se trata de la segunda compilación de artículos técnicos sobre competencia editada por la CONACOM, tras el lanzamiento del Anuario de Derecho de la Competencia; que fue lanzado en 2021.
En octubre de 2022, en el marco del Día Nacional de la Competencia de Paraguay, la CONACOM lanzará su tercera compilación de artículos: el Anuario Nacional de la Competencia, que contendrá nueve artículos redactados por funcionarios de la CONACOM y representantes del sector privado.
Estas actividades se encuadran en una de las misiones institucionales de la CONACOM, que es la promoción de la competencia. Se busca que los Anuarios fomenten el interés en la materia.
Puede consultar el texto completo del Anuario haciendo clic aquí: https://www.conacom.gov.py/ambitos-de-actuacion/abogacia/actividades-de-promocion/anuario-mercosur
El presente sumario no supone un prejuzgamiento de la conducta mencionada, manteniéndose la presunción de inocencia de la parte acusada.
Se ha concluido que la operación de concentración no supone un obstáculo significativo para una competencia efectiva en los mercados relevantes definidos al no crear o reforzar posición dominante alguna. El expediente pasa al Directorio.
El presente sumario no supone un prejuzgamiento de la conducta mencionada, manteniéndose la presunción de inocencia de la parte acusada.
Los presidentes de ambas instituciones han firmado un memorando de entendimiento (MoU).
El Director de Investigación ha dictado la providencia respectiva el 3 de enero de 2023.
Se concluye que algunas de las barreras identificadas por la CONACOM ameritan una consideración especial a fin de analizar si existen alternativas que permitan cumplir con el objetivo de garantizar la trazabilidad sin restringir excesivamente el acceso al mercado.