En cumplimiento del artículo 73 del Decreto N° 1490/2014 y atendiendo las circunstancias sanitarias, el 13 de diciembre de 2021, el Presidente del Directorio presentó en un programa especial de Paraguay TV la memoria anual de actuaciones por el periodo de agosto de 2020 a julio de 2021.
En el programa, el Presidente del Directorio respondió a preguntas y comentarios que fueron enviados a través del portal electrónico institucional para el acto y también a preguntas que habían quedado pendientes de respuesta en el Foro CONACOM Responde, que se había celebrado en el Día de la Competencia en octubre.
La memoria anual contiene el resumen de actividades de la institución en el periodo, tanto en cuestiones misionales como administrativas.
Puede consultar la memoria anual en el siguiente enlace, en el que también podrá dejar comentarios o sugerencias: https://www.conacom.gov.py/transparencia/memoria-anual-de-actuaciones
Puede ver el programa en los siguientes videos:
Habiendo culminado la evaluación preliminar, el Director de Investigación ha dictado providencia por la cual se da inicio a la primera etapa de análisis en fecha 12 de mayo de 2022.
Habiendo culminado la evaluación preliminar, el Director de Investigación ha dictado providencia por la cual se da inicio a la primera etapa de análisis en fecha 11 de mayo de 2022.
El sumario se tiene por iniciado por presunta infracción del artículo 9° (Abuso de posición dominante) de la Ley N° 4956/2013 de Defensa de la Competencia.
La Dirección de Investigación concluyó que la operación de concentración no supone un obstáculo significativo para la competencia efectiva en los mercados relevantes definidos al no crear o reforzar posición dominante alguna.
El Presidente del Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM), Rolando Díaz Delgado, presentó a los miembros del jurado y expuso las bases y condiciones para el concurso de ensayos.
La opinión remitida contiene recomendaciones sobre la regulación de estos servicios, de manera que no se constituyan barreras o restricciones injustificadas a la competencia.