Se ha emitido el siguiente edicto:
El Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) comunica, para lo que hubiere lugar, que en el Expediente N° 01/2019 caratulado INSUMOS MEDICOS S.A., EUROTEC S.A. Y MEDICAL PHARMA S.A., S/ SUPUESTA INFRACCIÓN DEL ART. 8 DE LA LEY N° 4956/2013, tramitado ante esta Institución, se ha dictado la Resolución D/AL N° 06/2021 de fecha 03 de febrero de 2021, que en su parte RESOLUTORIA dispuso: “1. HACER LUGAR al requerimiento de la Dirección de Investigación realizado en la Nota Técnica CONACOM/DI Nº 01/2.020, y, en consecuencia; 2. AMPLIAR la Res. D/AL Nº 11/2.020 por la cual se tuvo por iniciado un Sumario de Investigación por presunta infracción del artículo 8° la Ley N° 4956/2013 de Defensa de la Competencia, Acuerdos restrictivos de la competencia, en la modalidad Licitaciones colusorias, en las licitaciones públicas identificadas con ID N° No. 346797, 356521, 339483, 347619, 364252, 396711, 373448 y 382317, por parte de las firmas Insumos Médicos S.A. (IMEDIC S.A.) con RUC 80029801-2, EUROTEC S.A. con RUC 80039913-7, y Medical Pharma S.A. con RUC 80062466-1, respecto a las siguientes personas físicas: (i) Patricia Beatriz Ferreira Pascottini, con Cédula de Identidad Nº 3.746.989 y (ii) Marcelo Rubén Ferreira Pascottini, con Cédula de Identidad Nº 3.738.231, ambas domiciliadas en la casa de la calle Santa Cecilia Nº 390 casi Atyra, de la ciudad de Fernando de la Mora; 3. NOTIFICAR dentro de los próximos cinco días hábiles la presente Resolución a las firmas investigadas, Eurotec S.A., Imedic S.A. y Medical Pharma S.A., y a los señores Patricia Beatriz Ferreira Pascottini, con cédula de identidad Nº 3.746.989 y Marcelo Rubén Ferreira Pascottini, con Cédula de Identidad Nº 3.738.231, con los alcances señalados en el art. 51° de la Ley Nº 4.956/2.013; y, 4. PUBLICAR un extracto de la presente resolución en el portal web de la Institución”, y en su aclaratoria, Resolución D/AL N° 08/2021 de fecha 17 de febrero de 2021 dispuso: “1. ACLARAR la Res. D/AL Nº 06/2021, que, en su parte resolutiva, quedará redactada como sigue: 1. HACER LUGAR al requerimiento de la Dirección de Investigación realizado en la Nota Técnica CONACOM DI Nº 01/2.020, y, en consecuencia; 2. AMPLIAR la Res. D/AL Nº 11/2.020 por la cual se tuvo por iniciado un Sumario de Investigación por presunta infracción del artículo 8° la Ley N° 4956/2013 de Defensa de la Competencia, Acuerdos restrictivos de la competencia, en la modalidad Licitaciones colusorias, en las licitaciones públicas identificadas con ID N° 346797, 356521, 339483, 347619, 364252, 396711, 373448 y 382317, por parte de las firmas Insumos Médicos S.A. (IMEDIC S.A.) con RUC 80029801-2, EUROTEC S.A. con RUC 80039913-7, y Medical Pharma S.A. con RUC 80062466-1, respecto a las siguientes personas físicas: (i) Patricia Beatriz Ferreira Pascottini, con cédula de identidad Nº 3.746.980 y (ii) Marcelo Rubén Ferreira Pascottini, con Cédula de Identidad Nº 3.738.231, ambas domiciliadas en la casa de la calle Santa Cecilia Nº 390 casi Atyra, de la ciudad de Fernando de la Mora; 3. NOTIFICAR dentro de los próximos cinco días hábiles la presente resolución a las firmas investigadas, Eurotec S.A., Imedic S.A. y Medical Pharma S.A., y a los señores Patricia Beatriz Ferreira Pascottini, con cédula de identidad Nº 3.746.980 y Marcelo Rubén Ferreira Pascottini, con Cédula de Identidad Nº 3.738.231, con los alcances señalados en el art. 51 de la Ley Nº 4.956/2.013; y, 4. PUBLICAR un extracto de la presente resolución en el portal web de la Institución. 2. ANOTAR, registrar y notificar. Firmado: Fabrizio Castiglioni, Presidente. Ante mí: Carlos González, Secretario del Directorio”.
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