logo_2023_conacom.png
El Directorio de la CONACOM sancionó a APESA por infracción del artículo 8° de la Ley 4956/2013
Publicado: 05/06/23 03:10 p. m.

El Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) sancionó por Resolución D/AL N° 24/2023 a la Asociación de Propietarios y Operadores de Estaciones de Servicios y Afines (APESA) por haber incurrido en una infracción del artículo 8° del Capítulo II del Título I de la Ley Nº 4.956/2.013, acuerdos restrictivos de la competencia.

APESA había emitido recomendaciones colectivas para restringir las ventas de los combustibles, mediante la limitación del horario de atención al público de 06:00 a 14:00 horas a través de un comunicado, que fue individualizado en la resolución.

Ante dicha infracción a la Ley, la CONACOM dictó medidas correctivas anexas a la resolución bajo apercibimiento de la aplicación de una multa equivalente a un (1) salario mínimo mensual para actividades diversas no especificadas, vigentes a la fecha de pago efectivo de la multa o de la ejecución forzada del pago, por cada día hábil de retraso en el cumplimiento íntegro de cada una de ellas.

Asimismo, apercibió a APESA, advirtiendo que la reiteración en la comisión de una falta será un elemento que podría ser considerado al momento de imponer sanciones en una siguiente ocasión.





Últimas Noticias Publicadas

#

Comisión Nacional de la Competencia

Dirección: Avda. España N° 1336 c/ Gral. Santos - Asunción, Paraguay

Correo electrónico institucional: conacom@conacom.gov.py

Área de Comunicación: comunicacion@conacom.gov.py

Área de Relaciones Internacionales: relacionesinternacionales@conacom.gov.py

Teléfonos: +595 21 208 707 | +595 21 208 708

Consulte las reglas sobre mesa de entrada.