El presente Informe de Gestión expone algunos de los logros y avances obtenidos en el año 2018 de la Comisión Nacional de la Competencia - CONACOM en el marco de la Ley 4956 de Defensa de la Competencia.
La Ley 4956 de Defensa de la Competencia, de 25 de junio de 2013 (LDC), crea la Comisión Nacional de Competencia – CONACOM, como una entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia para actuar en los ámbitos del Derecho Público y Privado. Actúa en el desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de sus fines con autonomía orgánica y funcional, patrimonio propio y plena independencia. Es un órgano extra poder, ha dado inicio a sus actividades en el mes de agosto del año 2015.
La creación de la CONACOM tiene como finalidad esencial dar una respuesta adecuada a la necesidad de fomentar la libre competencia en los mercados, con el fuerte compromiso de eliminar de las barreras técnicas y administrativas, cuyas actuaciones contribuyen a acelerar y hacer sostenible el desarrollo económico. No obstante, es preciso ejercer un control sobre las actuaciones de las empresas para prevenir y evitar los abusos del poder de mercado que pueden ejercitarse tanto de forma individual como colectiva.
Es preciso que la autoridad se encargue de preservar estructuras competitivas en los mercados mediante un control eficaz de las operaciones de concentración. La CONACOM deberá establecer los procedimientos adecuados para que las empresas notifiquen sus operaciones a fin de que estás puedan obtener la debida autorización en plazo razonable.
En este sentido, se han finalizado con éxito el análisis de notificaciones de operaciones de concentración, algunas de ellas valuadas en millones de dólares. Es el resultado de un proceso minucioso con rigurosos estudios sobre el mercado relevante de productos según cada caso, la posición de dominio de los involucrados, la concentración resultante, eficiencias económicas que justificaron dichas fusiones.
Asimismo, se ha dotado de capital humano a la Institución a través de procesos de selección transparentes, con plena difusión y acceso a la ciudadanía, cumpliendo con todas las normas establecidas para los llamados a concursos públicos de oposición. Este elemento es esencial para la etapa de conformación en la cual se encuentra la CONACOM debido a que los objetivos institucionales que le competen, requieren profesionales comprometidos con el trabajo eficiente, independiente que generen confianza en la sociedad y los actores económicos que acuden a ella.
Finalmente, la CONACOM debe constituirse como órgano de referencia para los órganos legislativos y reglamentarios. La evolución de las nuevas tecnologías y su impacto en el comercio requiere de regulaciones que se adapten a las nuevas circunstancias y no establezcan trabas innecesarias o desproporcionadas que obstaculicen el juego de la competencia. En este sentido, deben establecerse cauces adecuados para que la CONACOM pueda emitir dictámenes, informes y recomendaciones que sirvan para mejorar el acervo normativo que regula los mercados.
Descargar el informe completo
Habiendo culminado la evaluación preliminar, el Director de Investigación ha dictado providencia por la cual se da inicio a la primera etapa de análisis en fecha 12 de mayo de 2022.
Ver MásHabiendo culminado la evaluación preliminar, el Director de Investigación ha dictado providencia por la cual se da inicio a la primera etapa de análisis en fecha 11 de mayo de 2022.
Ver MásEl sumario se tiene por iniciado por presunta infracción del artículo 9° (Abuso de posición dominante) de la Ley N° 4956/2013 de Defensa de la Competencia.
Ver MásLa Dirección de Investigación concluyó que la operación de concentración no supone un obstáculo significativo para la competencia efectiva en los mercados relevantes definidos al no crear o reforzar posición dominante alguna.
Ver MásEl Presidente del Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM), Rolando Díaz Delgado, presentó a los miembros del jurado y expuso las bases y condiciones para el concurso de ensayos.
Ver MásLa opinión remitida contiene recomendaciones sobre la regulación de estos servicios, de manera que no se constituyan barreras o restricciones injustificadas a la competencia.
Ver Más