La Coordinación General de la CONACOM es el órgano superior encargado
del funcionamiento administrativo de la entidad. No participa ni tiene
responsabilidades en los actos de aplicación de la Ley. Depende
jerárquica y funcionalmente del Directorio.
El personal técnico y
administrativo de la CONACOM, depende jerárquicamente de la Coordinación
General en lo concerniente a los asuntos de administración interna.
Funciones de la Coordinación General
- Prestar
al Directorio el apoyo que requiera para el normal desarrollo de sus
actividades inherentes a su carácter de Autoridad de Aplicación de la
Ley, realizando para el efecto las coordinaciones necesarias con los
demás órganos de línea y de administración interna de la CONACOM.
- Tramitar los procedimientos administrativos seguidos ante el Directorio.
- Emitir informes no vinculantes a la función resolutiva, cuando así lo disponga el Directorio.
- Designar al abogado de la Asesoría Jurídica que hace las funciones de Secretario del Directorio.
- Servir
de enlace en las relaciones entre la Dirección de Investigación y el
Directorio, garantizando el respeto de la separación entre la fase de
instrucción y la fase resolutiva.
- Recibir los expedientes elevados por cada una de las Direcciones.
- Refrendar cuando corresponda los actos del Directorio y/o de su Presidente.
- Redactar
los proyectos y resoluciones de carácter administrativo, que considere
pertinentes para el mejor cumplimiento de los objetivos de la Ley.
- Redactar notas y comunicaciones.
- Expedir
copias autenticadas de documentos, cuyos originales obren en la
Institución y de la certificación de documentos que deban ser
legalizados.
- Responsabilizarse por los expedientes de los
procesos a su cargo y por brindar a las partes las facilidades para la
revisión de los mismos.
- Dirigir, coordinar, supervisar y controlar las acciones de administración interna de los diferentes órganos de la CONACOM.
- Coordinar
las acciones que requieran las Direcciones de la CONACOM y prestarles
el apoyo requerido para su adecuado funcionamiento.
- Administrar
los fondos previstos en el Presupuesto General y demás recursos
establecidos en la Ley, ejerciendo la función de ordenador de gastos.
- Ejercer las atribuciones que confieren las normas de índole presupuestaria al máximo nivel jerárquico de rango administrativo.
- Otras que le sean asignadas por el Directorio.
Coordinadora General
Abg. Blanca Zunilda Garcia Díaz